Vacunación infantil: ¿Cuáles son los requisitos del consentimiento?

El pasado 15 de diciembre dio comienzo en España la campaña de vacunación contra el COVID-19 para niños de 5 a 11 años, siendo el consentimiento por representación una de las cuestiones que más dudas e interés han suscitado.

Por ello nos gustaría hacer algunas consideraciones al respecto con el objetivo de aclarar la cuestión y evitar posibles conflictos.

  1.  La jurisprudencia mayoritaria no exige consentimiento informado por escrito en vacunas financiadas y campañas vacunales y, en consecuencia, no sería preciso en vacunas contra el COVID-19.
  2.  En lo que se refiere a vacunas financiadas y campañas vacunales, como es la campaña de vacunación contra el COVID-19, según las sentencias dictadas por nuestro Tribunal Supremo, bastaría con informar verbalmente de las consecuencias leves, duración y medidas paliativas, así como de los riesgos típicos.
  3. Dado que sigue habiendo resoluciones judiciales muy exigentes en materia de información y consentimiento, es recomendable anotar en la historia clínica que la vacunación se ha hecho de acuerdo con los padres y que se les ha informado de las consecuencias leves, medidas paliativas y riesgos típicos.
  4. Si se trata de vacunación frente al COVID-19 en centros escolares sin acompañamiento de los padres o tutores, debe hacerse con autorización de los mismos, debiendo estar previamente informados de las consecuencias leves, duración y medidas paliativas, así como de los riesgos típicos.

El cumplimiento de estas sencillas reglas puede favorecer un proceso vacunal más seguro para los niños y sus progenitores o representantes legales y también para los profesionales sanitarios y las instituciones en las que desarrollan éstos desarrollan su extraordinaria labor.

 

Para una información más detallada sobre el tema recomendamos la lectura del documento «Vacunación contra al COVID-19 en menores. La capacidad decisoria en distintos escenarios» publicada el pasado 15 de diciembre por el Centro de Estudios de Consumo (CESCO) cuyos autores son la catedrática de Derecho Civil del Centro de Estudios de Consumo de la Universidad de Castilla-La Mancha Carmen González Carrasco y el abogado socio director de MBE Legal Javier Moreno Alemán. Descargar documento en PDF.

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